Reformas para facilitar la participación ciudadana
Analizan la obligatoriedad de la educación Media Superior
DICTÁMENES
Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos
Después de su estudio, la Comisión de Puntos Constitucionales presentó a la Asamblea el dictamen referente a la Minuta Proyecto de Decreto por el que se adicional el párrafo segundo de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Con fecha 22 de marzo de 2012, se dio a conocer, en Sesión Ordinaria del Pleno de esta Legislatura, el oficio número DGPL -2P3A.-5001.31, suscrito por el Senador Ricardo Francisco García Cervantes, Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, dirigido al Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Zacatecas; con tal oficio remite a esta Asamblea Popular el expediente que contiene la Minuta Proyecto de Decreto.
La Minuta valora la libertad de expresión como un elemento de las democracias actuales que debe ser protegido y garantizado por el Estado para el control social de los gobernantes mediante la opinión pública. Ya que las agresiones a un periodista constituyen una vulneración a la libertad de expresión que no pueden pasarse por alto para la existencia, permanencia y el respeto de los derechos humanos.
Esta Comisión Dictaminadora concuerda con las Colegisladoras, en que resulta adecuada la idea de facultar a la Federación para que concentre la investigación de delitos que resultan especialmente graves, debido a que no sólo implican la violación de los derechos de las víctimas y sus familiares sino también, la violación del derecho de la sociedad a estar informada, que si bien no es suficiente para revertir la situación de violencia en contra de periodistas y comunicadores, constituye un avance contra actos delictivos, a fin de que se garanticen investigaciones y enjuiciamientos rápidos, efectivos e imparciales, en casos de delitos cometidos en contra de periodistas en ejercicio de la libertad de expresión.
Asimismo, coinciden con las Cámaras Federales del Congreso de la Unión, en que, cuando estos delitos trasciendan al ámbito de las entidades federativas o tengan efecto a nivel internacional, sean investigados, perseguidos y sancionados por las autoridades federales, quienes podrán ejercer de oficio la facultad de atracción, y combatir con mayor eficacia los delitos contra periodistas en el ejercicio de la libertad de expresión, información e imprenta, que tengan conexidad con delitos del fuero común, porque otorgar esta facultad de atracción a las autoridades federales, enfrenta el problema que surge cuando existen elementos suficientes que presupongan la necesidad de que sea la Federación la encargada de investigar, perseguir y sancionar algún delito que sea de competencia de las entidades federativas.
Reformas a la Ley de Participación Ciudadana
Las Comisiones unidas de Asuntos Electorales, Desarrollo Social y Participación Ciudadana, y de Estudios Legislativos y Prácticas Parlamentarias, presentaron el dictamen del expediente relativo a la iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforman diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Zacatecas, presentada por la Diputada Marivel Lara Curiel y los Diputados José Alfredo Barajas Romo y Jorge Luis García Vera.
Con dicha reforma, se pretende dar certeza jurídica a los actos ciudadanos mediante una legislación que regule esquemas que permitan mejorar la interacción de la ciudadanía con el Estado, ya que sin ella la opacidad y la corrupción se vuelven una sinergia que acaba por devorar la fortaleza y credibilidad de las instituciones.
En el dictamen se propone reformar el artículo 62 lo que permitiría a los Ayuntamientos la capacidad de convocar a los ciudadanos para que presenten iniciativas de reglamentos municipales con la finalidad de eficientar el funcionamiento del cuerpo edilicio y de la administración pública municipal.
La reforma al artículo 64 propone que las iniciativas populares sean presentadas a través de la Oficialía de Partes de la Legislatura y no a la “Oficialía Mayor” como se hace hasta ahora. Por su parte el artículo 65 de la ley en comento menciona que “El escrito de presentación deberá señalar al representante común; el domicilio para oír notificaciones en el lugar de residencia de la autoridad competente y acompañarse de la lista de promoventes, que deberá contener nombre completo, domicilio, clave de elector con fotografía, folio de credencial para votar con fotografía, sección electoral y las firmas respectivas”.
Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos
La Comisión de Puntos Constitucionales presentó al Pleno el dictamen respecto de la Minuta Proyecto de Decreto, que reforma el párrafo primero inciso c) de la fracción II y la fracción V del artículo 3° y la fracción I del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de garantizar el derecho de todos los individuos a recibir educación básica considerada desde preescolar hasta preparatoria.
La minuta considera que se puede alcanzar la cobertura total de educación básica en sus diversas modalidades a más tardar en el 2022, por lo que toma en cuenta la obligatoriedad presupuestal con la concurrencia de la federación y las entidades federativas, en los términos establecidos por los Sistemas Nacional y Estatales de Planeación Democrática del Desarrollo, que tienen como objetivo la dignidad de las personas, la integridad de la familia y el respeto del derecho general de la población y evitar los privilegios de grupo.
La Comisión Dictaminadora después de un análisis acucioso del documento, concuerda con ambas Cámaras del Congreso de la Unión en que es importante elevar a rango constitucional la educación media superior en el país, pues esto vendría a contribuir de manera decisiva a la construcción de una sociedad con mayores valores, generando mejores profesionistas, preparados para competir en el ámbito laboral cada vez más exigente que es lo que demanda nuestra Nación.
La educación media superior como obligatoria, puede contribuir de manera decisiva a la construcción de una sociedad crecientemente justa, educada y próspera, así como provocar un impacto directo en el fortalecimiento de la competitividad individual y colectiva en el mundo actual, por lo que se manifiestan a favor de que en su momento se apruebe la Minuta que reforma y adiciona los artículos 3 y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
APROBACIONES
- Se aprobó con 20 votos a favor, que se admita a discusión el dictamen respecto de la Iniciativa de Reforma al Artículo 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.
- Se aprobó en lo general con 20 votos a favor y en lo particular, el dictamen respecto de la Iniciativa de Reforma al Artículo 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.
- Se aprobó en lo general con 21 votos a favor y en lo particular, dictamen relativo a la solicitud del H. Ayuntamiento Municipal de Guadalupe, Zac., para enajenar un bien inmueble a favor de la C. María Luisa Ruíz Esparza.
- Se aprobó en lo general con 21 votos a favor y en lo particular, el dictamen respecto de la solicitud del H. Ayuntamiento municipal de Zacatecas, Zac., para enajenar en calidad de permuta un bien inmueble a favor del C. Javier Nungaray Márquez.
- Se aprobó en lo general con 21 votos a favor y en lo particular, el dictamen referente de la solicitud del H. Ayuntamiento municipal de Zacatecas, Zac., para enajenar un bien inmueble a favor del C. Guadalupe Valadez Castrejón.
- Se aprobó en lo general con 21 votos a favor y en lo particular, el dictamen respecto de la solicitud del H. Ayuntamiento municipal de Jalpa, Zac., para enajenar un bien inmueble a favor del Comité Ejecutivo de la Delegación de Pensionados y Jubilados del ISSSTE.
- Se aprobó en lo general con 22 votos a favor y en lo particular, el dictamen respecto de la solicitud del H. Ayuntamiento de Tepechitlán Zac., para desincorporar del servicio público siete bienes muebles para su posterior enajenación.
- Se aprobó con 19 votos a favor y dos en contra en lo general y en lo particular, el dictamen relativo a la solicitud del H. Ayuntamiento Municipal de Río Grande, Zac., para la contratación de un crédito.
- Se aprobó con 18 votos a favor y 2 en contra en lo general y en lo particular, el dictamen respecto de la iniciativa de decreto, para reformar el decreto # 215 por el que se autoriza al municipio de Tepechitlán, Zac., a gestionar y contratar un crédito.
- Se aprobó con 19 votos a favor y 3 en contra en lo general y en lo particular, el dictamen respecto de la iniciativa de decreto, para reformar el decreto # 219 por el que se autoriza al municipio de Genaro Codina, Zac., a gestionar y contratar un crédito.
- Se aprobó en lo general con 23 votos a favor, el dictamen respecto de la Iniciativa de Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
Durante su discusión en lo general, participaron: Geovanna Bañuelos, María de la Luz Domínguez, Ana María Romo Fonseca, Luís Gerardo Romo Fonseca y Georgina Ramírez Rivera, todos a favor.
En lo particular, el diputado Felipe Ramírez Chávez presentó una reserva solicitando que el dictamen sea regresado a comisiones para nuevo estudio.
El dictamen fue aprobado con la reserva propuesta.
Agotado el orden del día, el diputado presidente de la mesa directiva, convocó a la Asamblea para la próxima sesión ordinaria a realizar el día jueves 29 de marzo a las 11:00 horas.